Luego de efectuada una lectura minuciosa de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que el último domicilio conyugal de los solicitante, fue establecido en la Urbanización Ruiz Pineda, Zona 1, casa numero 4, Guarenas, Estado Miranda, en consecuencia le corresponde conocer la presente causa un Tribunal de esa Jurisdicción; este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 y 754 del Código de Procedimiento Civil, se DECLARA INCOMPETENTE, por el Territorio. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA, en este procedimiento a un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Remítase con oficio al Juzgado Distribuidor correspondiente.