Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por la ciudadana DEIXIS GABRIANY LINARES. Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nº 17.603.346.; y condena a la Sociedad Mercantil THE BEST SHOP CELULAR C.A, demandado en el presente juicio por concepto de Prestaciones Sociales; a pagar la cantidad total de MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 1.316,50) a la ciudadana demandante.-----------------------