Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la ciudadana LIGIA JOSEFINA CAUCHO CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad número V-8.801.437 en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la ciudad de Valle de la Pascua en fecha diez (10) de junio de 2024, donde se declaró el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.
Se ordena remitir el expediente al Tribunal Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio de es.....