DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, plantea el conflicto de no conocer en el presente asunto, relacionado con el recurso de revisión de la sentencia firme que pesa sobre la penada INGRID MERCEDES MARTINES MORALES, el cual fue declinado por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, mediante sentencia de fecha 28/11/2005, por lo que en consecuencia se acuerda la remisión a la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con copia del presente auto a la ya indicada y mencionada Corte de Apelaciones, todo ellos conforme a lo dispuesto en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con os artículos 470 ordinal 6º, 471 ordinal 1º, 473 y 474 ejusdem.