Revisadas como han sido las actas procesales que conforman la presente pieza jurídica, contentivo del Juicio que por DESALOJO, intentaron los ciudadanos JESUS ANTONIO SALAZAR BETANCOURT y DULCE MILAGRO MEZA DE SALAZAR, a través de apoderado judicial contra el Ciudadano JUAN DE DIOS GALENO todos plenamente identificados en autos, y con vista de la TRANSACCION, celebrada por ambas partes en fecha 31-01-08, este Tribunal, por cuanto dicha transacción, no es contraria a derecho, ni versa sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones conforme lo establece el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual el Tribunal le da su aprobación y carácter de cosa JUZGADA, ordena Homologar el presente procedimiento, dando por terminado el presente juicio e igualmente ordena archivar el expediente como pieza concluida una vez se materialice efectivamente lo pactado y asumido como obligación en el presente instrumento.
Regístrese, publíquese y déjese copi.....