PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Hecho intentado por la Parte actora-recurrente en fecha 21 de Febrero del año 2.006, Abogado en ejercicio BLANCA COROMOTO FELIZOLA GIMÓN mayor de edad, venezolana, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 43.660, actuando como Apoderada Judicial del “Fondo de Desarrollo Regional del Estado Guárico” (FONDER) en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA sigue en contra de la Empresa Mercantil denominada “TECNO CRISTAL, S.R.L.”, representada por su Director Administrador ciudadano DIONICIO EDUARDO RIVAS ALEJO y como Garante Hipotecaria de primer grado, ante FONDER, la ciudadana MARINELA ARVELAI DE RIVAS. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida, Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 15 de Febrero del año 2.006, que niega el recurso de apelación y así se establece.
No hay expresa condenatoria e.....