Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio N° 1, actuando como TRIBUNAL MIXTO del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, POR UNANIMIDAD dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Condena al ciudadano DALVIS JOSE PORTILLO, de 28 años de edad, soltero, obrero, natural de esta ciudad de Calabozo, donde nació el 13/05/79, hijo de Angela Lorenza portillo (v) y Rafael Quintero (v), Titular de la Cédula de Identidad N° 17. 373.184, residenciado en la calle 13 Carrasquelero, Casa S/N, Cerca de la Bodega Los Mangos, a cumplir la pena de SEIS (06) años de prisión, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS CALIFICADOS, en el caso del numeral 1° del artículo 374 (por tener menos de trece años) previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en perjuicio .....