Se dictó Sentencia Definitiva, mediante la cual se declaró: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de defunción Nº 983 del 19 de diciembre de 2011, de quien en vida se llamara JOSÉ AGUSTÍN CATALA DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº 35.989, expedida por la Registradora Civil de la parroquia San Benardino, Municipio Libertador, Distrito Capital. En consecuencia debe excluirse a la ciudadana "Aura Catala", por no ser hija del de cujus.
Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 502 del Código Civil, una vez ejecutoriada la sentencia, se insertará íntegra en los Registros, sin hacer alteración de la partida rectificada, poniendo al margen de la misma, la nota marginal correspondiente. Líbrense los oficios a los Registros respectivos y anéxese copias certificadas de la presente decisión. Líb.....