PRIMERO: La validez del informe consignado el 22 de abril de 2015 por el Licenciado JORGE LUIS SALAZAR, venezolano, mayor de edad, Contador Público Colegiado bajo el número 123.765, titular de la cédula de Identidad número V.-19.964.521, y que no fue impugnado por la parte demandada.
SEGUNDO: La estimación definitiva de la experticia es por el monto de Bs. 76.684,93, cifra que deberá pagar la demandada al trabajador de autos, ciudadano BLASMIL HUMBERTO MORALES MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad número V.-17.137.184.
TERCERO: Déjese transcurrir el lapso para interponer los Recursos que brinda la Ley.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, a los seis (06) días del mes de mayo de dos mil quince (2.015). .....