Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos: CARMEN MIGDALIA OLIVERO y ANIBAL RAFAEL ZERPA; antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día fecha 25 de Abril del año 1989, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Nº 161, del año 1989 de los libros llevados por ante la Autoridad Civil del Municipio José Fèlix Ribas, Estado Guarico,.-