D E C I S I O N
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO interpuesto por el abogado ALBERTO CHUQUI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 29.843, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A., en fecha En fecha 02 de abril de 2014, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS sigue la Sociedad Mercantil INVERSIONES BAYTOR-2000, C.A.- En consecuencia, téngase la presente decisión como SENTENCIA PASADA CON AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judici.....