DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El Socorro y Santa Maria de Ipire de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la presente Solicitud y en consecuencia, DISUELTO el VINCULO MATRIMONIAL existente, entre los ciudadanos YULYH MIGDALIA NATERA HIDALGO Y JOSE GREGORIO MALPICA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 12.881.611 Y V-21.314.556, contraído en fecha Trece (13) de Diciembre del Dos Mil Once (2.011), ante la Oficina del Registro Civil del Municipio El Socorro del Estado Guarico; tal y como se evidencia de Acta de Matrimonio Nº 44, folio 44 del Año 2.011, con fundamento en el Artículo 185 "A" del Código Civil Venezolano y la Sentencia Nº 15-1085 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 15 de Dicie.....