Este Juzgado Administrando Justicia, y por autoridad de la ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 3 parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento, se da efectos de la Cosa Juzgada y no ordena el archivo del expediente hasta tanto conste en actas el pago definitivo del acuerdo suscrito por las partes.