Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del Acta de Defunción del De Cujus VITO SORGENTE DI TURI. En consecuencia, se ordena la rectificación solicitada, en los siguientes términos: donde se lee "DEJA TRES HIJOS MAYORES DE EDAD DE NOMBRES: MARIELLA, MELINA Y MICHELANGELO", deberá decir "DEJA CINCO HIJOS MAYORES DE EDAD DE NOMBRES: MARIELLA, MELINA, MICHELANGELO, AGATA ALEXANDRA y VICTOR AUGUSTO", que es lo CORRECTO, y para ello se ordena remitir copia certificada de la solicitud y de la presente decisión, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital y al ciudadano Registrador Principal del Distrito Capital, para que de conformida.....