Dispositiva:
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución 03, del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, sede san Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara que el penado JUAN JOSÉ LANDAETA, venezolano, natural de Guardatinajas Calabozo (Guárico), nacido en fecha 10/05/73, de 36 años, soltero, obrero, residenciado en el Caserío EL Toco, calle principal calle S/N, Estado Guárico, hijo de Virginia Margarita Silva (v) y José Landaeta (v) y titular de la cédula de identidad Nº V-15.712.331, ha cumplido la totalidad de la pena que le fue impuesta, por el Tribunal Primero Penal de esta Circunscripción Judicial, y razón de ello, decreta su Libertad Plena y declara Concluido el presente asunto, conforme a las atribuciones conferidas en el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 10.....