se deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA, ordenándose el cierre y archivo del expediente transcurrido como sea el lapso de cinco días de despacho a partir de la presente fecha. En consecuencia, se ordena en éste acto la entrega de los escritos de pruebas consignadas por las partes durante el inicio de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 06 de Octubre de 2014. De igual forma, dado el acuerdo alcanzado, se acuerda dejar sin efecto y agregar a los autos, el exhorto librado con oficio número CTVSO-611-15 y los carteles de notificación librados el 04 de Agosto de 2015, en razón del abocam.....