ACUERDA: LA NEGATIVA Y EL RECHAZO SOBRE LA DESESTIMACIÓN de la denuncia, presentada el día 09-06-2005, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación de esta ciudad y estado, por el ciudadano: JESÚS EDUARDO VELÁSQUEZ RODRÍGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código de Comercio, en relación con lo pautado en los artículos 24, 26, 118, 119, 120 y 285, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo estipulado en los artículos 26 y 30, ambos del Texto Fundamental, consecuencialmente, SE ORDENA: que se prosiga con la investigación, con base a lo estipulado en el artículo 108 del Código Adjetivo Penal, en relación con el artículo 302 en su primer aparte eiusdem.
Se declara SIN LUGAR la solicitud fiscal.