En referencia a la prueba de informes, promovida en el referido escrito de promoción de pruebas, se admite dicha prueba, por lo que este Tribunal de conformidad con el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ordena oficiar al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, con sede en la ciudad de Calabozo, para que informe acerca de lo siguiente: El estado del tramite de incapacidad y porcentaje de la misma de los trabajadores GALLARDO ELOY ANDRES, ANGEL MIGUEL CORONADO, JOSE LEONEL VENTA, BRAULIO RAMON LOPEZ, JACINTO PONPEYO, LENNI MENDOZA titulares de la cedula de identidad numero: 9.087.484, 3.417.755, 1.839.021, 6.943.301, 8.152.745 y 8.618.907 respectivamente, todos extrabajadores de la Alcaldía Bolivariana del Municipio "Francisco de Miranda" del Estado Guárico.-