Vista la proposición de Obligación de Manutención realizada por el Ciudadano: RUBEN DARIO CARICO FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cèdula de Identidad Nº V-11.844.477, parte demandada en el presente juicio (Exp. Nº 1104-11), donde propuso la cantidad de siete mil Bolívares (Bs. 7.000,00) Mensual; así como también mas el 50% de gastos de la época escolar, y el 100% de la época decembrina, médicos y medicinas cuando lo amerite, y la aceptación de la misma por parte de la Ciudadana NARYELIS DEL VALLE PULIDO, quien actúa en representación de su hijo (identificado en autos); El TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LO DA POR TERMINADO CONSUMADO E IMPARTE SU HOMOLOGACIÒN, y se establece en el interés superior del niño y del adolescente, que el demandado seguirá depositando en la cuenta de ahorro aperturada por la madre supra mencionada como representante de su hijo, en el Banco Bicentenario, s.....