Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: Se ORDENA la ACUMULACIÓN del Asunto N° JP21P-2006-001168, seguido contra el acusado YORMAN NICOLAS LOPEZ MACERO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V. 9.884.855, por los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 406, ordinal 1°, en concordancia con el articulo 80 del Código Penal, y 286 ejusdem, al asunto JP21X-2006-001, llevado por el Tribunal de juicio N° 02, de esta Extensión Judicial Penal. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y victimas. Remítase el presente asunto al tribunal de Juicio N° 02 de esta Extensión Judicial penal. Cúmplase.