DISPOSITIVA
En base a las consideraciones, legales antes expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda, el CESE DE LA SANCION DE PRIVACION DE LIBERTAD, por lapso de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, prevista en el artículo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor del joven a favor del joven xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx PARA SER EFECTIVA EL DIA MIERCOLES 08-12-2010, por considerarlo responsable del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el Articulo 458 del Codigo Penal.