III.
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en sede de Tránsito, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación intentada por la parte actora en la persona de su abogado JOSE RAFAEL RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 93.959. En consecuencia se CONFIRMA la recurrida, de fecha 19 de Junio de 2.003, emanada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico con sede en la Ciudad de Calabozo. Se Ordena practicar nuevamente las citaciones de los demandados, para que éstas se realicen dentro del lapso de 60 días entre la primera y la última de éstas, todo ello de conformidad con lo establec.....