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Decisiones del dia 07/02/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2008-000162 N° Sentencia : Fecha: 07/02/2008
Procedimiento:
Resolucion De Contrato De Arrendamiento
Partes:
DEMANDANTE:EMPRESA MERCANTIL INVERSIONES IBEPRO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DEMANDADO: CIUDADANO JOSÉ FELIPE PINEDA
Resumen:
Con fundamento en la norma invocada y en acatamiento a la sentencia parcialmente transcrita, vinculante para todos los Tribunales de la República, a la luz del artículo 335 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y con vista en que en el caso sub-iuduce la parte actora no incoó la acción idónea; pues, tal como se dijo antes al pasar la relación arrendaticia a tiempo indeterminado lo correcto y ajustado a derecho era intentar el desalojo y no la resolución del contrato como efectivamente lo hizo. En consecuencia, es forzoso para este Tribunal declarar INADMISIBLE, por ser contraria a derecho la acción intentada por el Abogado LUIS ALEJANDRO GONZALEZ CUEVAS en su carácter de Apoderado de la Sociedad de Responsabilidad Limitada INVERSIONES IBEPRO en contra del ciudadano JOSE FELIPE PINEDA por RESOLUCIÒN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, todos ampliamente identificados en el cuerpo del presente fallo. Y así se decide
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : 2006-1741 N° Sentencia : Fecha: 07/02/2008
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DEMANDANTE:LA CIUDADANA MIRIAN ELENA ANCHILA PABON DEMANDADO:EL CIUDADANO CARLOS SALAZAR
Resumen:
En el caso sub iúdice, el Tribunal observa que desde En fecha 17 de Enero del año 2.007, compareció la ciudadana MIRIAN ELENA ANCHILA PABON, y le confirió Poder especial al Abogado Oscar José Caro, evidenciándose que luego de ello la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno a dar impulso procesal a la causa, y vista la falta de interés de la parte actora y por cuanto tal inactividad se encuentra sancionada en nuestro ordenamiento jurídico, con la figura de la Perención de la Instancia cuyo efecto se circunscribe y da por extinguida la causa, no pudiendo promoverse nuevamente sino transcurrido como sean noventa (90) días de verificada la misma. Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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