DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: Declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 17 de Septiembre de 2013, ante el Juzgado de Primera Instancia Funciones de Control Nº 01, de la Seccion de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, por la profesional del derecho Abogada Flor Angel Barrios, en su carácter de Defensora Publica Penal Nº 3, del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del estado Guarico, por encontrarse cumplidos los requisitos necesarios para la procedencia de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el arti.....