Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Niños y Adolescentes, administrando justicia, en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana : MARIA ELENA MARRERO, representación de su hija: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en contra del padre de la niña : JUAN GABRIEL GONZALEZ , con motivo del juicio de FIJACIÓN DE OBLIGACION ALIMENTARIA, por tanto la suma establecida como Obligación Alimentaria es la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CINCO BOLIVARES (185,00), que es el monto equivalente al 30% del salario mínimo Nacional Urbano, que está establecido en la cantidad de SEISCIENTOS CATORCE BOLIVARES ( Bs 614,79), que deberá el demandado ya identificado suministrar a su hija identificada en autos, por mensualidad adelantada. Igualmente se fija la cantidad de TRESC.....