-III-
DISPOSITIVO
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortiz del Estado Guárico, con Sede en San Juan de los Morros; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos BERIS DAYAN HERNANDEZ BLANCO y MIGUEL ANGEL CHEREMO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.063.182 y V-16.639.672, respectivamente, con fundamento en los Artículos 185, 189 y 190 del Código Civil Venezolano.
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Matrimonial Civil existente entre los ciudadanos BERIS DAYAN HERNANDEZ BLANCO y MIGUEL ANGEL CHEREMO, antes identificados, contraído en fecha Veintiocho (28) de Septiembre del año Dos Mil Doce (2.012) por ante el Registro Civil de la Parroquia.....