Se declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Nº 09, en contra de la decisión dictada en fecha 14 de Noviembre de 2017 y fundamentada en su texto integro en fecha 24 de Septiembre de 2018, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en el asunto Nº JP01-P-2016-003327. En consecuencia, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 449 eiusdem, se anula la sentencia impugnada, referida ut supra, ordenándose la celebración de un nuevo juicio oral y publico ante un Tribunal de Juicio en el cual no se desempeñe como juez, el abogado Bonny Suárez.