Por otra parte, con relación a la solicitud realizada por la parte demandada, en el sentido de que el tribunal ordene despacho saneador, por los imperfecciones aritméticas, observadas en la demandada, es de hacer notar que de acuerdo a la propia Constitución, el instrumento fundamental para la realización de la justicia lo constituye el proceso y no puede este sacrificarse por formalidades no esenciales, es por las razones antes expuestas que este Juzgado niega dicho pedimento.
EL JUEZ
REINALDO USECHE GOMEZ
LA SECRETARIA
INDIRA MORA PEÑA