DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano CARLOS ALEJANDRO SECO ALMEIDA, ampliamente identificado, por la presunta comisión de los delitos, precalificados como ROBO AGRAVADO y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR, previstos y sancionados en los artículos 460, 408, ordinal 1°, en relación con el artículo 83 y 84, todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUÍS EDUARDO BETANCOURT PAREDES. SEGUNDO: ACUERDA la continuación de la investigación bajo las normas del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conformidad con el último aparte del artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal. Queda publicada la anterior decisión. Re.....