Se Decreto el Sobresemiento de la Causa seguida Al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en los artículo 48 ordinal 8º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para protección del Niño y del Adolescente. Se ordeno notificar a las partes de la Decisión.-