dia (2,5) unidades tributarias por concepto de obligación alimentaria; en agosto y en diciembre de cada año la obligación alimentaria será por el doble, es decir cinco (5) unidades tributarias, queda obligado igualmente, el ciudadano RICHARD GIOVANNY BUROZ, a cubrir los gastos referentes a la atención médica y cualquier otro gasto excepcional, referido al bienestar del niño beneficiario, que la madre no pudiere cubrir ella sola.- Cúmplase, líbrense los oficios correspondientes.--------------------------------------------------------------------
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de este Despacho, a los siete días del mes de Agosto de 2006, a las dos y dieciocho minutos de la mañana. Diaríece. Publíquese. Déjese copia para el Copiador de Sentencias.
El Juez Provisorio,
Abg. Jesús Moreno Galindez.-
El Secretario,
Abg. Astroberto H. López Loreto.
En la misma fecha se hizo lo ordenado…̷.....