este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Declara HOMOLOGADO, el acuerdo pactado y le adjudica el carácter de cosa juzgada al mismo, y ordena el archivo del expediente una vez que conste en autos el ultimo pago.