DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por la Abogada Mariana Marcon, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA S.A., BANCO UNIVERSAL, en el juicio que, por Cobro de Bolívares vía Intimatoria, incoara en contra la sociedad mercantil GRUPO V.P.A.S., C.A. y los ciudadanos ANTONIO JOSE STROCCHIA PEREZ y JOSE GREGORIO DIAZ LUIS, en consecuencia, se decreta MEDIDA DE PREVENTIVA DE EMBARGO sobre la siguiente cuenta bancaria:
Cuenta corriente o de Ahorro, terminada en el número 1204 del Banco Banesco que le pertenece a la sociedad mercantil GRUPO V.P.A.S., C.A., identificada en el Registro Únic.....