DECLARA: Mantener la obligación de manutención establecida ante esta instancia Judicial entre los ciudadanos: ISOLINA DEL CARMEN HERNÁNDEZ CASTRO y JOSÉ HUMBERTO ARMAS, en beneficio de los niños XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, es decir la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00) mensuales; asi como también colaborar el demandado-obligado, como lo ha hecho, con los gastos escolares, medico y medicina cuando el caso lo requiera, y gastos de la época decembrina, tal como esta establecido en la Ley de Protección para niños y adolescentes; dicho monto deberá depositarla parte demandada como lo ha venido haciendo en la cuenta de ahorros de los niños:XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, aperturada en BANFOANDES para tal fin