Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Primero de Juicio del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Acuerda la Extinción de la Acción Penal y en consecuencia el Sobreseimiento de la causa que se sigue al hoy fallecido IVAN RAFAEL ROMERO ORASMA, quien era de nacionalidad venezolano, natural de esta ciudad, en donde nació en fecha 16-06-1980, de 30 años de edad, soltero, de profesión u oficio desconocida, hijo de Nieves María Orasma (f) y de Juan Rafael Romero, residenciado en la Urbanización Adagro, sector 02, casa número 4, Calabozo Estado Guárico y titular de la cédula de identidad Nº V- 17.602.458, por muerte del imputado, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal y 277 eiusdem, en perjuicio TIENDAS EL PALACIO DEL BLUMER DE CALABOZO. Todo ello de c.....