Visto lo anterior, éste Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud de divorcio formulado por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO BRAVO BANDRES y MIRLA MARINA RAMIREZ GARCIA, identificados en autos. Regístrese, publíquese y déjese copia del presente fallo.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la ciudad de Altagracia de Orituco, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil catorce (2.014).- Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.----------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez,
Abg. Jesús Eduardo Moreno Galíndez.-
El Secretario,
Abg. Astroberto H, López Loreto.-
En la misma fecha siendo las 11:44 a.m., se.....