este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy; deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes, sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION del acuerdo entre los ciudadanos JOSE ARQUIMEDES MARTINEZ GUERRA, LEONARDO ANTONIO HERNANDEZ MONTEZUMA, EDILSON JOSE SOTO GODOY y la Entidad de Trabajo AGROPECUARIA TIERRA DE AGUA C.A. de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA