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Por lo expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares incoada por el ciudadano RAMON JOSE PEÑALVER DOCTER contra el ciudadano BEDER RODRIGUEZ ELFRAILE, y en consecuencia, condena al demandado a pagar al demandante las siguientes cantidades de dinero: A) La cantidad de DIECIOCHO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 18.000.000,oo) por concepto de capital contenido en las dos letras de cambio cuyo pago se demandó; B) La cantidad de SEISCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTISEIS BOLIVARES (Bs. 616.666) por concepto de intereses moratorios demandados, calculados a la rata del 5% anual, y C) Así mismo, se imponen al codemandado perdedor el pago de las costas procesales, dado su vencimiento total, a .....