DISPOSITIVA
Por las anteriores razones, esta Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSWALDO TAHAN, en su condición de Defensor Definitivo de los ciudadanos: NICOLÁS RAMÓN LANDAETA, y JOSÉ MANUEL CONTRERAS, ampliamente identificados en el cuerpo de esta decisión; contra el fallo dictado en fecha 26 de marzo de 2010, mediante la cual, se publicó in extenso el texto íntegro de la sentencia definitiva, dictada por el Tribunal Penal Mixto de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Extensión Calabozo del Estado Guárico.
Diarícese. Déjese copia certificada. Publíquese. Notifíquese a las partes. Bájese el expediente al tribunal de origen en su oportunidad legal.
LA JUEZ PRESIDENTE, PONENTE,
YAJAIRA MARGARITA MORA BRAVO
EL JUEZ,
ALVARO COZZO TOCINO
LA JUEZ
KENA DE VASCONCELOS VENTURI
LA S.....