.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Civil, administrando justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de cumplimiento de contrato de póliza de seguros de vehículo, intentada por la parte actora Ciudadano JHONATHAN DEENDIAL GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.260.284, domiciliado en la ciudad de Valle de la Pascua, Estado Guárico y en consecuencia se condena a la demandada Sociedad Mercantil SEGUROS CANARIAS DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 02 de Diciembre de 1.992, bajo el Nº 12, Tomo 112-A-Sgdo., en la persona de su Presidente, ciudadano DAVID FRIAS CAÑELLA, mayor de edad, titular de l.....