Por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente investigación, por la comisión del delito LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previstas y sancionadas en el artículo 418 del Código Penal vigente para el momento de ocurrir el hecho, en el cual aparece como investigado el ciudadano ANDRÉS MARIA HERNANDEZ, y victima la ciudadana ANA ROSA HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.159.496, RESIDENCIADAS EN EL Vicario calle principal, sector 1, frente a la cancha, casa N° 74 , de esta ciudad de Calabozo, por cuanto ha operado la prescripción de la acción penal y por consiguiente la extinción de la misma, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 ordinal 6° del Código Penal, 48 o.....