Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demandada interpuesta por el ciudadano DANIEL FERNANDEZ GONZALEZ, contra el ciudadano FERNANDO UMBERTO CAMPAGNA SUFFOLETT, ambas partes identificadas en autos por Desalojo; como consecuencia de ello se ordena:
PRIMERO: la entrega del apartamento distinguido con el Nº 12, ubicado en el piso 3 del Edificio La Habana, situado en la Avenida España, Boulevard de Catia, entre Avenida Panamericana y Segunda Avenida Urbanización Nueva Caracas, Catia Parroquia Sucre del Municipio Libertador libre de bienes y personas a la parte actora.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de Veintitrés bolívares fuertes con cincuenta y dos céntimos (Bs.23,52). por concepto de cánones insolutos.
TERCERO: Por cu.....