Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada Judicial de la parte actora. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado Judicial de la parte demandada. TERCERO: SE MODIFICA LA SENTENCIA recurrida de fecha 16 de noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano Freddy Morales contra Pepsi Cola de Venezuela.