declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARÍA GUEVARA DÍAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.735, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, ciudadana ADRIANA GONZÁLEZ FIGUEROA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.737.309, contra la decisión dictada por el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en fecha 17 de septiembre de 2012. SEGUNDO: SE REVOCA el auto dictada en fecha 17 de septiembre de 2012, por la Jueza del Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial de Protección. TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al e.....