Este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) REPONE la causa al estado de fijar nuevamente la audiencia preliminar.
2) ORDENA notificar al representante legal del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a la Procuraduría General de la República y a la ciudadana YOJANA YAMARILIS MOLINA RIVERA (Cédula de Identidad Nº 15.711.326), de la presente decisión y una vez conste en autos la última de las notificaciones se fijara la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar.