este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho es fijar Audiencia Oral Privada, a los fines de emitir el pronunciamiento a que haya lugar respecto a las solicitudes planteadas tanto por el Ministerio Público en representación del Fiscal Octavo, Abg. José Malavé Sojo, como por los ciudadanos identificados ut supra, asistidos por el Defensor de cada uno de ellos, Abg. Tony Vieira Ferreira. Ello de conformidad con el numeral 3° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. DAYSY YSAMILLYS CARO CEDEÑO
LA SECRETARIA,
ABG. ANNAKARINNE PEÑA ARCAY