Se declara inadmisible, la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano José Rafael Malavé Sojo, a la sazón, Fiscal 15º del Ministerio Público de la Circunscripción judicial del estado Guárico, en contra del Juzgado Segundo del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua. Se funda la decisión en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.