Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho señaladas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por acción de Cumplimiento de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, intentara la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil CONSTRUCIONES CIVILES BOLPE, C.A., y el ciudadano JOSÉ BOLÍVAR PÉREZ, en su carácter de fiador solidario y principal pagador, todos suficientemente identificados al inicio de este fallo decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda que por acción de Cumplimiento de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, intentara la sociedad mercantil BANCO MERCANTIL, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la sociedad mercantil CONSTRUCIONES CIVILES BOLPE, C.A., y el ciudadano JOSÉ BOLÍVAR PÉREZ, .....