JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO. OCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE. (08/05/2.014) AÑOS 204° DE LA INDEPENDENCIA Y 155° DE LA FEDERACIÓN.
Estando en la oportunidad legal, para pronunciarse sobre la admisión de las pruebas promovidas por las partes en el presente juicio se provee en consecuencia:
La parte actora representada por el abogado Juan Rafael Aguirre Herrera, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 128.864, en el escrito libelar, promovió documentales cursantes, a los folios 07 al 14, marcadas con las letras A, B, C, y D, ratificadas en la oportunidad de promoción de pruebas, en escrito presentado en fecha 07/05/2014. En consecuencia se admiten apreciando su justo valor en la definitiva.
Por su parte los codemandados ciudadanos Doris Caridad Gutiérrez Soto y Luís Alberto García Fleitas, venezolanos, identificados en autos, asistidos por el Defensor Público Agrario Primero Provisorio, adscrito a la U.....