En mérito de las consideraciones precedentes, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, declara INADMISBLE la demanda por RENDICION DE CUENTAS, intentada por las ciudadanas NANCY JOSEFINA DALIS DE RENDON, MARIA YSABEL RENDON DALIS, VANESSA JOSE RENDON DALIS y NAOMY TERESA RENDON DALIS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.097.525, V-16.236.937, V-18.066.939 y V-20.088.864, respectivamente, a través de sus apoderados judiciales los abogados CESAR YSRAEL INOJOSA LORETO Y ERNESTO ENRIQUE NAVARRO CARRASQUEL, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.295.835 y V-12.118.226 respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 199.425 y 199.428, en contra de la ASOCIACION CIVIL "BATALLA DE LA VICTORIA", en la persona de la ciudadana GRACIELA DEL CARMEN PE.....